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Hasta en las mejores familias...
05/02/2007 , 11:57:46 pm | Catalogado en Propiedad Intelectual, Creative Commons
Estoy suscrito desde el año anterior al boletín virtual de la UNAB (Universidad Autónoma de Bucaramanga), el cual llega sagradamente cada semana (y a veces con más frecuencia). Es un muy buen medio para enterarse de noticias curiosas, algunas de las cuales no circulan por las diversas suscripciones RSS que tengo. Con eso en mente, lo que sigue es un comentario que busca ser objetivo y constructivo, frente a este importante mecanismo de comunicación.
Continuación:
Leo hoy en el boletín de la UNAB (el número 47, que me llegó al mediodía) un titular:
50 blogs para seguir en el 2007
Y me digo, "Pues qué interesante. La UNAB se puso también en el trabajo de compilar 50 blogs para leer en este año, así como lo hizo la revista Enter...".
Sigo el enlace y termino en la página web de la UNAB, en donde me encuentro de nuevo el título:
50 blogs para seguir en el 2007
Y justo debajo de él, lo que parece ser el nombre del autor: "Mario Nel Villamizar Ochoa". Con esto se refuerza mi impresión de que es un artículo original de la UNAB, así que procedo a leerlo. Mucha información interesante, algunas recomendaciones muy buenas, y al final un texto inesperado:
Fuente: Revista enter. (Artículo de Víctor Solano quien es profesor de la Universidad Javeriana y autor del blog ¿Comunicación? (victorsolano.com)
Pero aquí no terminan las sorpresas. Al final de la página, se encuentra un texto bastante conocido:
UNAB Virtual 2006 Derechos Reservados
Lo cual sugiere que los derechos patrimoniales del material que se encuentra en la página son de la UNAB (Un momento, y qué pasa con Enter??)
Estuve reunido hace un par de semanas con el director de la Dirección Nacional de Derechos de Autor, quien de manera muy cordial (y entretenida, pues es un excelente orador) respondió algunas inquietudes sobre propiedad intelectual, que han surgido a medida que avanzamos con el proyecto de Uso de Nuevas Tecnologías en Educacion Superior.
En esta charla, salió el caso de lo que se considera plagio y lo que no (al menos en el ámbito de la red). Nos indicaban que copiar un artículo completo de una página a otra (incluso si se cita la fuente) es algo con lo cual debe tenerse cuidado, pues de manera deliberada se está generando confusión en el lector. Algo similar a lo que me pasó a mi con el artículo de los 50 blogs, cuando pensé que había sido escrito por Mario Nel Villamizar Ochoa.
Se valen los enlaces, se vale la cita académica (como la que trato de hacer aquí en lo posible), pero no se vale copiar un artículo completo y publicarlo como si fuera propio, incluso si se cita la fuente al final. El punto es que se está generando de manera deliberada confusión respecto a la procedencia del material. Y, posiblemente, se están vulnerando los derechos patrimoniales de alguien. Si no, basta con ver la zona inferior de la página de la revista Enter (propiedad de la Casa Editorial El Tiempo):
COPYRIGHT © 2007 CASA EDITORIAL EL TIEMPO S.A.
Prohibida su reproducción total o parcial, así como su traducción a cualquier idioma sin autorización escrita de su titular.
Um, Houston? Tenemos un problema. ![]()
Pareciera que, efectivamente, la UNAB está violando derechos de autor al atribuir derechos sobre material que es propiedad de El Tiempo. Por supuesto, a menos que tenga una autorización escrita que le permita usarlo. Y el asunto se pone todavía más simpático, pues no es del todo claro si Victor Solano cedió sus derechos patrimoniales sobre el artículo en cuestión pues, de no ser así, El Tiempo también estaría haciendo algo incorrecto desde el punto de vista jurídico.
Con Carolina hemos comentado en diversas ocasiones la necesidad de hablar y ser conscientes del tema de la propiedad intelectual. Me encantaría escuchar su opinión respecto a este caso. Lo cierto es que normalmente no vemos las curiosidades que nos rodean frente a este tema, y terminamos haciendo cosas que, al menos con el marco legal que tenemos en este momento, no son permitidas.
Ahora, si el contenido estuviera licenciado de otra forma (CC, anyone?), este post posiblemente no tendría sentido. Pero ambas partes parecen estar comprometidas con sus respectivos "Derechos reservados".
Como pueden ver, estas curiosidades pasan hasta en las mejores familias... En las familias ganadoras de premios nacionales... Qué cosas!
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3 comentarios
Pues esto hace parte creo que una cultura ya instaurada en todos y tiene que ver con la inmediatez enel uso d elos recursos y la apropiacion indebida de ellos. Solucion?
y luego d elos sonados casos de congresistas y estudiantes sancionados...seguir trabajando educativamente para transformar estasa practicas...dificil..dificil.
Gracias por su mensaje. Efectivamente, estoy de acuerdo en que parte del problema radica en que, culturalmente, nos acostumbramos a este tipo de cosas. Pero, igualmente, tenemos un desconocimiento absoluto sobre el tema de la propiedad intelectual.
Ahora, la salida más sensata que veo para esto es que ese tema estuviera presente en todos los cursos en los que estemos involucrados. Si pidiéramos que cada trabajo que elaboran nuestros estudiantes fuera licenciado de manera consciente por ellos, de pronto empezaríamos a desarrollar la preocupación por el tema.
En todo caso, deberíamos enseñar con el ejemplo...
En todo caso, me gusta recordar que el derecho de autor no es absoluto y que hay oportunidades que podemos usar obras legalmente sin la autorización expresa del titular, por que hay intereses superiores que se protegen. Entonces, si bien creo que el analisis que haces es correcto, vale la pena analizar si la UNAB actuó dentro de una excepción legal que la exime de una autorización expresa.
La única excepción que se me ocurre podriamos analizar seria la de Dec. 351/93 art 22 "e) Reproducir y distribuir por la prensa o emitir por radiodifusión o transmisión pública por cable, artículos de actualidad, de discusión económica, política o religiosa publicados en periódicos o colecciones periódicas, u obras radiodifundidas que tengan el mismo carácter, en los casos en que la reproducción, la radiodifusión o la transmisión pública no se hayan reservado expresamente;"...
Cabe esta excepción? Creo que no pues es expresa la prohibición como lo muestra Diego en la nota de Enter de derecho de autor y por que dudo de la identidad de caracter.
De otro lado, imaginemos que si hay lugar a la excepción, podría la UNAB transcribir el texto literalmente, poner otro nombre y simplemente decir 'fuente' para referirse a los datos del derecho de autor poniendo la información que Diego nos muestra, en la que no se incluye la fecha del, ni el enlace al artículo (que sería la forma de ubicarlo en el original, que es finalmente la intención de una cita permitir a las personas ubicar el original)? NO, en ese caso está obligado a incluir todos los datos bibliográficos y la 'etiqueta de la red' indica que se debe poner el enlace.
Ahora, creo que sobre si Enter (de el tiempo) publico correctamente o no, eso se soluciona leyendo el post del periodista, de Victor Solano, en donde el dice que lo escribió para esa revista.
Uf... se me fue la mano... lo siento!
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